Cancela la CRE el permiso a gasolinera de Sahuaripa
- Redacción/LA VERDAD
- 21 ene
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La empresa "Servicio El Salto" solicita un amparo contra la decisión de cancelación del permiso de comercialización y expendio de petrolífero dictado por la autoridad reguladora; tribunal federal niega Suspensión Provisional
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
#Hermosillo, #Sonora.— La Comisión Reguladora de Energía (CRE), que dirige Leopoldo Vicente Melchi García, canceló el permiso de comercialización y expendio de petrolíferos de la gasolinera "El Salto".
El anuncio de la medida se dictó el 31 de octubre del 2024, mediante el oficio número a/134/2024, emitido por la dependencia federal.
Luego de ello, el 25 de noviembre de ese mismo año, la empresa "Servicios El Salto", que opera a la empresa gasolinera, solicitó un amparo en contra de la decisión.
En su demanda, la empresa reclamó que la declaratoria de caducidad de permiso de comercialización y expendio de petrolíferos era inconstitucional al violar los artículos 14 y 16.
Por ello solicitó el amparo, el cual quedó radicado ante el Juzgado Segundo de Distrito bajo el expediente número 6/2025.
El tribunal, a cargo de Julio César Moreno Fierros, admitió el caso luego de que esta se presentó ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México.
Sin embargo, este tribunal federal determinó que no era de su competencia y lo remitió a tribunales federales de Sonora para que revisara el caso por su jurisdicción.
El 8 de enero del 2024, el Juez Segundo de Distrito anunció que aceptaba la competencia.
"... Con oficio que remite el Juez y el secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en Ciudad de México, a través del cual informa que se encuentra vinculado el expediente electrónico del juicio de amparo 213/2024 y este Juzgado acepta la competencia declinada y se avoca al conocimiento del asunto", informó en esa fecha la juzgadora.
En esa misma fecha determinó que sería el 15 de enero la fecha para llevar a cabo la Audiencia Incidental, la primera del proceso abierto.
Luego de ello, el 13 de enero, el Juzgado Primero de Distrito negó la Suspensión Provisional pedida por los abogados de "Servicio El Salto".
Inconformes con la decisión, los representantes legales de la compañía interpusieron un recurso de queja el 14 de enero.
Todavía no se define cuál Tribunal Colegiado revisará el caso.
--- FUENTE: Cosa Juzgada


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