“Comercializadora del Sol HS” solicita amparo contra nueva Ley del Infonavit
- Redacción/LA VERDAD
- hace 3 días
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La empresa impugna el artículo 29 de la Ley del Infonavit que obliga a las empresas a retener cuotas de créditos de los trabajadores en el caso de créditos y aun cuando estos no se presenten a trabajar
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, Son.- La empresa "Comercializadora del Sol HS" se sumó a las compañías que impugnaron la nueva Ley del Infonavit.
El reclamo de la empresa se hizo ante el Juzgado Segundo de Distrito, que encabeza Julio César Moreno Fierros, el 13 de marzo del 2024.
De acuerdo con el expediente número 715/2025 la empresa reclama lo que considera es inconstitucional por la aplicación del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como la reforma a la Ley Federal del Trabajo, las dos en materia de vivienda con orientación social.
La empresa considera que ese artículo en específico establece nuevas obligaciones para las empresas:
Una es la de obligarlas a descontar cuotas a los trabajadores para cubrir los abonos de créditos otorgados a los empleados por parte de la institución oficial.
El mismo artículo obliga a los patrones a no suspender el descuento cuando existan ausencias o incapacidades de los trabajadores.
La empresa establece en su demanda que ellos debieron cubrir las primeras obligaciones de la nueva Ley el 22 de febrero de este año.
La solicitud fue admitida el 1 de abril del 2025 y de inmediato el Juez Moreno Fierros fijó para el 28 de abril para la celebración de la Audiencia Constitucional.
Sin embargo, cuando llegó esa fecha debido a que no se contaba con los informes de las autoridades involucradas, el Juez determinó diferir para el 11 de junio la celebración de dicha Audiencia.
Dentro del proceso, el último de los acuerdos se emitió el 21 de mayo cuando el Gerente Contencioso Fiscal del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con sede en Ciudad de México, quien envió pruebas como respuesta a la demanda.
Junto con "Comercializadora del Sol HS" son varias las empresas que han impugnado la nueva Ley del Infonavit y la Ley Federal del Trabajo por considerar que violentan los principios constitucionales.
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El caso
+ Demandante: Comercializadora del Sol HS.
+ Demandado: Congreso de la Unión.
+ Tribunal: Juzgado Segundo de Distrito de Sonora.
+ Titular: Julio César Moreno Fierros.
+ Número de expediente: 715/2025.
+ Inicio del juicio: 1 de abril del 2025.
+ Acto reclamado: Aplicación del Artículo 29 de la Ley del Infonavit que obliga a los patrones ejecutar descuentos a la nómina de los trabajadores aun cuando estos se ausenten de sus puestos.
+ Primer fallo relevante: No se ha aplicado.
Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.
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La protagonista
+ Nombre: Comercializadora del Sol HS.
+ Origen: Hermosillo, Sonora.
+ Giro: Comercio.
+ Fecha de constitución: 19 de septiembre del 2018.
+ Socios fundadores: María Isabel Arellano Solís y Martina Solís Amado.
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Los argumentos legales
La demanda interpuesta tiene su antecedente el 21 de febrero de 2025 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma la ley del INFONAVIT, en materia de vivienda con orientación social.
Uno de los artículos que en específico se impugnó fue la reforma, adición, y derogación del artículo 29 segundo párrafo, obligando al patrón a descontar a los trabajadores los pagos de abonos para cubrir préstamos otorgados por el INFONAVIT.
Esta norma obliga a los patrones a no suspender el descuento de los abonos que tenga obligación el trabajador ante el Instituto, referente a los créditos y préstamos que se les haya otorgado, cuando existan ausencias o incapacidades.
De acuerdo con los abogados que han impugnado estas normas esta afecta el libre desarrollo de la empresa y de los trabajadores, violentando derechos humanos y principios generales de derechos.
La obligación de no suspender los descuentos a los trabajadores sobre abonos a créditos y préstamos contraídos con el INFONAVIT genera una afectación a la esfera jurídica de la empresa, por establecer una obligación y una carga de pago sobre situaciones donde el trabajador deja de percibir salarios.
El análisis legal sostiene que las nuevas normas violentan principios legales como son seguridad jurídica, proporcionalidad, equidad y derechos como a la vivienda al generar abonos pendientes de pagar al trabajador.
Además de ello se estima que genera una incertidumbre jurídica y administrativa toda vez que en una auditoría el Instituto de la Vivienda podrá determinar retenciones por descuentos pendientes de enterar de forma presuntiva, aún y cuando el trabajador no haya recibido pagos por la relación laboral, dejando en indefensión a los patrones y dando lugar a arbitrariedades por la autoridad.


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